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Renegociar, Repactar y Refinanciar, las “tres R” para sortear las deudas

Renegociar, Repactar y Refinanciar, las “tres R” para sortear las deudas

En los últimos años estos tres conceptos han estado cada vez más presentes cuando se discute sobre morosidad. Cada uno tiene distintas características y propósitos. ¿Qué pasa si quieres quedar al día con tus deudas? ¿Qué te conviene? Te lo explicamos a continuación.

Por: Mateo Navas | Publicado: Jueves 22 de abril de 2021 a las 18:00
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Según Equifax, más de 4 millones de chilenos son deudores morosos. Y si bien esta cifra ha disminuido con los dos primeros retiros de fondos previsionales, muchas familias y empresas están atrasadas en el pago de cuotas y créditos.

Justamente con la liquidez que entrega el 10% muchos están tratando de pagar las deudas. Eso sí, hay distintas formas de hacerlo y es importante conocerlas antes de tomar cualquier decisión. Es acá donde entran las famosas “tres R”: renegociar, repactar y refinanciar.

“Cada una de estas alternativas dependerá del caso particular, ya que si no se ha caído en mora, lo óptimo sería acceder a un refinanciamiento, pero si ya hay un incumplimiento y los acreedores fueran pocos, se podría intentar repactar con cada uno de ellos o, eventualmente, si fueran varios acreedores, lo mejor sería acogerse a un procedimiento de renegociación ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir)”, analiza Pablo Cifuentes, socio de CBC Abogados.

Es por eso que es clave conocer cada uno de estos procesos y proyectar qué trámite calza mejor con las necesidades de tu familia o negocio. Existen algunos procedimientos gratuitos, otros más rápidos y algunos más sencillos. Acá te explicamos cada uno de ellos.

Renegociar: mediación gratuita

Esta alternativa permite que las personas acudan ante la Superir para que actúe como mediadora entre el deudor y los acreedores. Este proceso es gratuito y tomó especial relevancia desde 2014, cuando entró en vigencia de la Ley 20.720 sobre Insolvencia y Reemprendimiento. El objetivo es que ambas partes lleguen a un acuerdo y establezcan nuevas condiciones de pago.

A diferencia de otros procesos, la renegociación está dirigida para personas naturales. No empresas. Eso sí, de acuerdo a la abogada Luisa Martínez de Defensa Deudores, “se debe cumplir con ciertos requisitos para poder acceder y quedan fuera las personas naturales que tributariamente se categorizan como de primera categoría y las que emiten boletas de honorarios en los últimos 24 meses”. Además, agrega que con este proceso “se pueden lograr nuevas y mejores condiciones de pago para que la persona pueda asumir sus compromisos financieros. Incluso, optar a la condonación de intereses”.

Para iniciar este trámite la persona no necesita un abogado. Además, de acuerdo a la Superir, debe “tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos que sumen más de 80 UF ($ 2,3 millones) y no haber sido notificado de una demanda de liquidación forzosa o de un juicio ejecutivo en su contra”. El trámite puede iniciarse de forma online o presencial, en las oficinas de la institución.

Cristián Lecaros, CEO de Inversión Fácil, afirma que la renegociación “crea mejores condiciones para que las personas sigan adelante con sus compromisos financieros y se pueda condonar intereses en el Servicio de Impuestos Internos”.

Repactar: cuidado con las nuevas condiciones

La repactación es un acuerdo directo y voluntario, donde el deudor se pone de acuerdo con su acreedor sin ningún intermediario. En teoría, este trámite busca generar mejores y nuevas condiciones de pago que le permitan cumplir con todas sus obligaciones financieras.

Y si bien este instrumento es muy utilizado (y muchas veces promocionado por diferentes instituciones financieras), hay que estar atento a las nuevas condiciones, ya que los acreedores siempre buscarán “ganar” con este nuevo acuerdo. Eso sí, el usuario también podría salir beneficiado, especialmente cuando se habla del plazo y del monto mensual de las deudas.

“Se generan nuevas, pero peores condiciones de pago, porque aumenta el capital adeudado, sube la tasa de interés y se extienden los meses para cumplir con el pago de la deuda”, afirma la abogada Luisa Martínez, quien agrega que “las personas muchas veces recurren a la repactación por desconocimiento y también por temor, porque empiezan a recibir llamados de cobranza y amenazas de embargo”.

Refinanciar: un crédito para otro crédito

Para iniciar un proceso de refinanciamiento no es necesario estar en mora. Este trámite, a diferencia de la renegociación, no se realiza ante la Superir. En este caso, el deudor acuerda con su acreedor el otorgamiento de un nuevo financiamiento que permita pagar el crédito original. En simple, un crédito para otro crédito.

Este trámite cobró relevancia con la Portabilidad Financiera, ley que entró en vigencia el 8 de septiembre de 2020, ya que permite moverse de institución, siempre y cuando exista un riesgo suficiente, tener la solvencia y que se puedan mejorar las condiciones anteriores. “Lo bueno es que puedes centrar todo en una misma identidad y ordenar tus deudas y generar mejor control. Todo depende de las cuotas y los plazos”, afirma Lecaros de Inversión Fácil.

Esta alternativa puede ser de gran ayuda para los deudores, más aún considerando la Portabilidad Financiera. Según una proyección de ChileAtiende, en un refinanciamiento de un crédito hipotecario de 1.000 UF, “el costo (del trámite) se reducirá desde un promedio de $ 700 mil a $ 280 mil”.

Y si bien es un proceso que se simplificó, hay que considerar ciertas cosas. Por ejemplo, para lograr un refinanciamiento de un crédito hipotecario, el deudor tendrá que presentar un historial de pagos, una acreditación de ingresos y una nueva tasación de la vivienda. Pero lo más importante será cotizar. Para esto hay distintas plataformas -como comparaonline.cl- que permiten conocer la oferta del mercado cuando se habla de créditos.

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