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Se acerca el fin de año: cómo sacarle el jugo al APV

Se acerca el fin de año: cómo sacarle el jugo al APV

Los usuarios tienen hasta el 29 de diciembre para maximizar el beneficio del APV. ¿Pero cómo funciona y qué hay que tener en cuenta?

Por: Mateo Navas | Publicado: Miércoles 8 de noviembre de 2023 a las 11:50
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El Estado regala $ 383.700. Esa es la forma más simple de explicar el beneficio fiscal para los usuarios de APV. Para lograr acceder a dicha donación es clave tener dos datos en cuenta. Primero, el monto: un usuario que tiene Régimen A debe recaudar cerca de $ 2,5 millones para maximizar el beneficio. El segundo dato, igualmente importante, es la fecha: los clientes tienen hasta final de año para aportar esa cantidad.

Es por eso que este último trimestre, dice Omar Larré, cofundador y portfolio manager de Fintual, es el más importante del año. “Muchas personas se ponen las pilas al final para maximizar el beneficio”, apunta. Además, el ejecutivo afirma que todavía la adopción de este tipo de productos no está tan extendida y que es fundamental para mejorar las pensiones.

En palabras simples, los usuarios de APV acceden a un beneficio estatal que busca potenciar el ahorro previsional voluntario. Para eso, y para aquellos que tienen Régimen A, se ofrece un 15% extra de lo que cada usuario aporte anualmente. El tope de este beneficio es $ 383.700, que se logra aportando $ 2.558.400 anuales. Para el régimen B ocurre algo distinto: como está destinado para altas rentas, existe un descuento en el pago de impuestos del año siguiente.

Omar Larré explica que beneficios como este son cada vez más escasos. Es por eso, añade, que el APV, independiente del régimen, es un producto clave para complementar la pensión.

“Utilizarlo para otros fines puede disminuir su efectividad”

Ricardo Cid, gerente de asuntos tributarios de Ak Contadores, dice que actualmente “existe un problema con nuestros jubilados, ya que las pensiones son muy bajas”. Por ende, “es fundamental tomar acciones para contar con mayores recursos en nuestra edad pasiva. Una de esas es ahorrar de manera voluntaria en donde esas cantidades debieran rentabilizar, aumentando los fondos, y en consecuencia, aumentando la pensión”.

Para eso, explica Rodrigo Palma, economista de la Universidad de Barcelona, se debe considerar “el riesgo que esté dispuesto a asumir el inversionista y analizar la rentabilidad de las diversas alternativas. Además, es importante analizar los costos que tiene cada instrumento y revisar cuál de los regímenes son los más ad-hoc a cada inversionista”.

Por su parte, Claudia Barrera, economista de la consultora PKF Chile, analiza: “Para invertir, incluso en fondos previsionales, es crucial tener una planificación clara y precisa sobre el horizonte temporal. Sería un grave error destinar recursos considerables a una inversión a largo plazo cuando no es nuestra intención. Por ejemplo, suponer que estos fondos generarán alguna renta especial y tratar de beneficiarse de ese cambio estructural. Si la suposición es acertada, habrá un beneficio, pero estará sujeto a tributación, lo que reducirá su magnitud. Además, al invertir es esencial comprender el propósito de cada inversión: en el caso de los fondos previsionales, especialmente en el APV, es fundamental tener una planificación a largo plazo para mejorar el nivel de las pensiones con aportes sistemáticos”.

A vs B

Para entender bien el beneficio es fundamental diferenciar los dos regímenes de APV. Por una parte, bajo el A el Fisco otorga una bonificación del 15% del valor ahorrado en el año con tope de 6 UTM anuales ($ 383 mil) que van directo a la cuenta de capitalización, es decir, otorga una rentabilidad adicional a la que genera el gestor de inversiones por los montos ahorrados. Además, es necesario tener al menor una cotización obligatoria en la AFP al año.

Por su parte, bajo el B el Fisco otorga un beneficio tributario que consiste en rebajar la base de impuesto, tanto los trabajadores afectos a Impuesto Único de Segunda Categoría como también los contribuyentes afectos a Impuesto Global Complementario con tope anual de 600 UF.

Entonces, ¿cuál escoger? Según Cid, la elección depende netamente de la planificación o proyección que tiene cada persona. “Unos de los aspectos más importante que se debe considerar, es el hecho de que si tengo o no la certeza de que esos montos ahorrados serán destinados a la pensión cuando me jubile o si es que los voy a retirar en algún momento. Por ejemplo, si es que soy un contribuyente que tengo una carga tributaria alta y tengo el poder de ahorro para destinar cantidades a mi jubilación, convendría realizar un APV que rebaja la base tributaria (B), ya que no tengo el interés de retirar esas cantidades anticipadamente”.

Y agrega: “Si no tengo la certeza de que no voy a retirar esas cantidades o deseo mantenerlas en un instrumento de ahorro para después invertirlas, conviene realizar el APV del régimen A, teniendo en cuenta que solo recibiré la rentabilidad de la AFP (o AGF) ya que la bonificación del Estado solo aplica si es que destino esos montos para el momento en que me jubile. Por otro lado, una persona que no tiene carga impositiva alta y que tiene el poder de ahorro para destinar montos a la jubilación, convendría realizar un APV del régimen A, ya que la rentabilidad del 15% puede ser mayor al ahorro impositivo que ofrece el régimen B”.

Ojo con los retiros

Esta bonificación funciona solo para aquellos que no retiren sus fondos previamente a su etapa de jubilación. Ricardo Cid lo explica: “Estos instrumentos, a diferencia de los ahorros previsionales obligatorios, pueden ser retirados desde la AFP o AGF respectiva en cualquier momento, pero se debe tener especial énfasis en los efectos o consecuencias que produce el respectivo retiro de estos ahorros”.

Para aquellos con Régimen A, dice Cid, “la empresa de inversiones reintegrará el 15% de los fondos retirados a la Tesorería General de la República y las rentabilidades generadas sobre los montos ahorrados tributarán por norma general en el Impuesto Global Complementario”.

Mientras que para los usuarios con Régimen B “la AFP retendrá un 15% del retiro como anticipo a la determinación de impuesto único que deben soportar estos retiros, que actúa como una sobretasa del Impuesto Global Complementario, encareciendo la carga impositiva sobre estos montos, generando que no sea atractivo el retiro de estas cantidades de manera anticipada debido a que su tributación es más costosa”.


Tengo 30 años y aporto $ 50 mil mensuales a mi APV. ¿Cuánto mejora mi pensión?

Ricardo Cid de AK Contadores entrega unas proyecciones.

  • Si soy mujer de 30 años y aporto $ 50.000 mensuales a APV régimen A mi pensión podría mejorar en $ 170.000 aproximadamente.
  • Si soy hombre de 30 años y aporto $ 50.000 mensuales a APV régimen A mi pensión podría mejorar en $ 260.000 aproximadamente. La diferencia entre hombre y mujer se da principalmente por la edad de jubilación (mujeres 60 años y hombres 65 años).
  • Si soy mujer de 30 años, aporto $ 50.000 mensuales a APV régimen B, con un sueldo líquido mensual $ 1.000.000, mi pensión podría mejorar en $ 150.000 aproximadamente.
  • Si soy hombre de 30 años, aporto $ 50.000 mensuales a APV régimen B, con un sueldo líquido mensual $ 1.000.000, mi pensión podría mejorar en $ 235.000 aproximadamente

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