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Alberto Chang debe $12 mil millones en impuestos
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La teleserie en torno a Alberto Chang suma un nuevo capítulo. Un total de $12.323 millones en impuestos, multas e intereses le reclamaba el Servicio de Impuestos (SII) al empresario por sus rentas de los años 2012 al 2016. Sin embargo, el liquidador de los bienes y sociedades de Chang, Carlos Parada, no estaba de acuerdo en esos montos y elevó los antecedentes al Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
El 7 de abril, el tribunal falló en contra de la reclamación y lo obligó a él, o a su representante en este caso, a pagar lo que debe.
Cabe recordar que el caso Chang se remonta a 2016, cuando clientes de Arcano y Onix, sus firmas de inversión de estilo piramidal, lo acusaron de estafa y se determinó que los afectados superaron los mil por más de US$ 100 millones. Hoy reside en Malta, en Europa.
Origen del caso tributario
El caso parte por una liquidación de impuestos atrasados que hizo el SII en 2018 y donde reclamaba que Chang debía pagar $ 5.645 millones y $ 1.131 millones por concepto de Impuesto Global Complementario para los Años Tributarios 2012 y 2013, respectivamente, y otros $ 5.486 millones, $ 51 millones y $ 8,6 millones por Impuesto Único para los años 2014, 2015 y 2016, respectivamente.
Las reliquidaciones de impuestos que hizo el Servicio se explican en que él “adquirió bienes y efectuó inversiones financieras sin haber consignado en sus declaraciones de renta de los referidos períodos ingresos suficientes para solventar dichos desembolsos”. Es decir, gastó dinero sin decir cómo lo obtuvo.
Y agrega que "el contribuyente efectivamente obtuvo ingresos que no fueron declarados, presentando de manera maliciosa sus declaraciones, lo que se manifiesta no solo en su actuar ante el ente fiscal, sino que se han emitido Liquidaciones y Giros de Impuestos a empresas de propiedad del contribuyente tales como Grupo Arcano S.A. y Ónix Capital SA, existiendo además una investigación administrativa por delitos tributarios cometidos por la sociedad Grupo Arcano SA, empresa de la cual el recurrente detenta el 90% de su propiedad y de la que era representante legal”.
Sin embargo, la abogada que representa la arista tributaria del proceso de liquidación de Chang, Carla Bravo, argumentó que dichas liquidaciones se habían aplicado fuera de tiempo y estaban prescritas, además de alegar que no correspondía calificar como utilidades afectas al impuesto de primera categoría a ciertos dineros.
Van a apelar
En su fallo, el Segundo Tribunal tributario rechaza dicha alegación porque las declaraciones que presentó Chang “serían maliciosamente falsas, motivo que esgrime para aplicar la prescripción extraordinaria”.
“Las alegaciones del actor se agotan en una simple afirmación, sin siquiera individualizar a todas las sociedades en las que participaba, por lo que cabe concluir que no proporcionó antecedentes fundantes de ellas, no superando las exigencias legales para tener por justificadas las inversiones, lo que permite presumir que los fondos con que se financiaron las inversiones corresponden a rentas no declaradas”, dice el fallo.
Esto último se pudo verificar, agrega el fallo, en que de las sumas de las operaciones efectuadas, el contribuyente declara rentas que no son suficientes para justificar los montos que invirtió en fondos mutuos, moneda extranjera, compra de acciones, de dólares, de cuotas en fondos de inversión y de vehículos nuevos y usados, por las siguientes sumas: $ 10.903 millones en 2012; $ 2.487 millones el 2013; $ 7.537 millones en 2014 y $ 83 millones en 2015.
"En cuanto al Año Tributario 2016, el reclamante no declaró rentas durante ese periodo, en el cual se hicieron inversiones en compra de dólares por $ 13.554.768", dice el fallo.
Consultada la abogada tributaria del proceso de Chang, Carla Bravo, afirmó que “no compartimos ni los razonamientos ni las conclusiones a las que el juez llega para rechazar nuestras alegaciones. Lo que viene, en consecuencia, es impugnar el fallo, y que la Corte de Apelaciones se pronuncie, esperamos, acogiendo nuestras pretensiones”.