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El debate sobre bienes esenciales tras la reorganización de Sencorp

El debate sobre bienes esenciales tras la reorganización de Sencorp

La junta de acreedores de Sencorp Spa fue pospuesta para el 20 de diciembre próximo, mientras que la de Inversiones y Rentas Sendero fue fijada para el 22 del mismo mes.

Por: Antonieta de la Fuente | Publicado: Sábado 12 de noviembre de 2022 a las 21:00
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Para el 14 de noviembre de 2022 estaba fijada la junta de acreedores de Sencorp Spa, una de las dos sociedades del grupo Senerman que solicitó su reorganización judicial el 21 de septiembre pasado.

Sin embargo, la empresa, asesorada por el socio de Carey Ricardo Reveco y por Gonzalo Fanjul de Asset Chile, solicitó una prórroga para el período de Protección Financiera Concursal que fue aprobada por el tribunal a cargo del 26° Juzgado Civil de Santiago. De esta manera, la junta de acreedores finalmente quedó fijada para el 20 de diciembre próximo.

Diez días antes, según indica la ley, la firma debe presentar un plan, que puede ir desde vender propiedades, pagar a mayor plazo o condonar parte de la deuda. Pero hasta ahora, no hay ningún indicio de cómo sería la propuesta.

Lo que sí ha sucedido es que algunos de los acreedores han objetado frente al tribunal la calificación de bienes esenciales de parte de Sencorp Spa. En particular, Consorcio presentó el pasado 17 de octubre un documento en el cual solicita que no se califique como tal a Inmobiliaria Los Cedros e Inmobiliaria Noruega, hipotecadas a favor de Consorcio.

Se argumenta que la empresa no habría aportado indicios de que los bienes son indispensables para la operación y que éstos además no forman parte de propiedad de la empresa.

Otro de los acreedores que también abrió el debate sobre bienes esenciales es Banco Internacional. Su argumento es que la sociedad Quinta Avenida, sobre la cual rige una garantía asociada al banco, no habría sido incluida como bien esencial en la presentación realizada por la empresa deudora al momento de pedir su reorganización.

Ahora, será el veedor del proceso, Patricio Jamarme, quien debe pronunciarse sobre esta disputa y el tribunal dictaminar si se consideran o no esenciales los bienes objetados. En la mayoría de los casos de reorganización, estos temas han sido fallados a favor del deudor.

En su respuesta al juzgado, Sencorp planteó que si no se declaran como esenciales las sociedades mencionadas, “se estará fallando en contra de uno de los principios que informan el Derecho Concursal”, cuyo objetivo es la conservación de la empresa.

En caso que el tribunal determine que no se trata de bienes esenciales, los bancos podrían optar por hacer valer las garantías de sus hipotecas sin entrar en el proceso de reorganización. 

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