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Justicia suspende como árbitro a Herman Chadwick en disputa de familia Gómez Pacheco
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Una nueva arista se suma en la disputa de Jonás Gómez Pacheco con el juez árbitro Herman Chadwick Piñera. A la acción penal por prevaricación y cohecho por supuestas irregularidades en la disputa que lleva adelante Jonás con sus hermanos Segundo, Teresa y Magdalena, se sumó una denuncia por recusación contra Chadwick, la que este lunes fue acogida a trámite, con lo que el ex presidente de Enel quedó suspendido de su rol como juez árbitro.
El argumento de la demanda de recusación es que Chadwick “recibió un informe en derecho que le regaló nuestra contraparte en el arbitraje, para efectos de defenderse en un juicio penal que se sigue en su contra y donde arriesga perder la libertad”.
“En los hechos, como la parcialidad del señor Chadwick en favor de nuestras contrapartes en juicio ha llegado a extremos insólitos, ahora ésta le ha retornado el favor de una manera verdaderamente desvergonzada: le regaló un informe en derecho preparado por nada más y nada menos que el otrora Excmo. Ministro don Carlos Künsemüller Loebenfelder, para lograr que sea sobreseído en un juicio penal seguido en su contra por prevaricación y exacciones ilegales en el marco del señalado arbitraje. Es decir, le preparó y regaló una pieza jurídica construida por un reputado experto en la materia, para favorecerlo en un juicio que se sigue en su contra y donde arriesga pena efectiva”, sigue el libelo.
La demanda indica que Chadwick recibió y empleó este informe en su defensa para fundamentar una solicitud de sobreseimiento definitivo que le permitiera ser absuelto y terminar con el proceso.
“Su defensa no sólo lo acompañó al expediente sino que también lo utilizó en sus alegatos en la respectiva audiencia. Por supuesto que la solicitud de sobreseimiento del señor Chadwick no prosperó, pero lo relevante no es eso. Lo relevante es que recibió un beneficio de importancia que además constituye una dádiva o servicio, configurándose las causales de recusación del artículo 196 números 14 y 17 del Código Orgánico de Tribunales, imposibilitándolo de seguir conociendo el arbitraje referido”.
En particular, el artículo 14 indica que es causal de recusación “haber el juez recibido de una de las partes un beneficio de importancia, que haga presumir empeñada su gratitud. Y el 17 apunta a “haber el juez recibido, después de comenzado el pleito, dádivas o servicios de alguna de las partes, cualquiera que sea su valor o importancia.”
La demanda concluye así: “Resulta, entonces, nítido el cómo se configuran las causales de recusación indicadas. Y se trata de una situación verdaderamente sorprendente, porque estamos frente a un juez que recibe regalos de las partes sin siquiera sonrojarse, exhibiéndolos en foros públicos. Como conclusión, una pregunta retórica ¿recibiría usted un regalo de una de las partes de un juicio que se tramita en su tribunal?”.
En la resolución de esta semana, la jueza María Sofía Gutiérrez dio curso a la demanda, suspendiendo con ello al árbitro, y dio 10 días para que Chadwick informe al tribunal su versión.
Esta semana se conoció también de una acción en la justicia civil para dar por terminado el plazo de Chadwick para ser juez árbitro. Su defensa legal solicitó a la justicia civil que se declare, con costas, que el plazo del procedimiento arbitral se ha vencido y, por tanto, carece de jurisdicción para continuar conociendo de aquel procedimiento.