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Alza de contribuciones: cómo enfrentar el pago de cuotas a días de que termine abril

Alza de contribuciones: cómo enfrentar el pago de cuotas a días de que termine abril

Conocer algunos detalles sobre el proceso de reavalúo fiscal puede ayudar en los pagos que normalmente se hacen en abril, junio, septiembre y noviembre de cada año.

Por: Benjamín Pescio | Publicado: Miércoles 27 de abril de 2022 a las 13:52
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El proceso de reavalúo fiscal de los bienes raíces no agrícolas en Chile se lleva a cabo por el Servicio de Impuestos Internos (SII) cada cuatro años. Desde el 1 de enero de 2022, ya está en vigencia la última de estas actualizaciones tanto para inmuebles agrícolas y no agrícolas.

A nivel nacional, el avalúo fiscal de los bienes raíces no agrícolas aumentó en un 23,4%, mientras que los predios con destino habitacional vieron un alza de 22,1%.

En esta ocasión, el punto de corte para definir cuáles inmuebles con destino habitacional están exentos del pago de contribuciones subió a $ 47,4 millones, desde los $ 38,7 millones fijados en el último proceso. Como resultado, 4,2 millones de viviendas (el 77% del total) no deberán pagar dicho tributo.

Si bien el Ejecutivo modificó las tasas aplicables a las propiedades para contener la subida de las contribuciones, la cuota promedio nacional aumentó un 3,3% respecto al segundo trimestre de 2021, llegando a $ 138.710.

Conocer el proceso

A quienes pagan contribuciones, les conviene tener el conocimiento necesario para organizarse y saber cuáles son las herramientas que podrían utilizar en caso de no estar conformes con el valor que el fisco asigna a sus propiedades.

Las cuotas normales de contribuciones se pagan en abril, junio, septiembre y noviembre. Según el SII, esto se puede hacer a través de la página web de la institución, en cualquier banco o institución autorizada y en el sitio web de la Tesorería General de la República (TGR).

También se podrá realizar en línea el pago de las cuatro cuotas del año en un solo pago y sin ningún tipo de reajuste, una opción que estará disponible hasta el próximo 30 de abril.

Rodrigo Cabrera, socio de CBC Abogados, sugiere que los contribuyentes "revisen en la TGR, ya sea a través de su página web o presencialmente, su situación particular mediante la obtención de un certificado de deuda de contribuciones, de manera de determinar si les corresponde pagar contribuciones en abril o no".

En un portal de la página web del SII específicamente diseñado para informar sobre el proceso, cualquier persona puede revisar todas las consideraciones particulares que podrían haber incidido en el cambio de sus obligaciones tributarias. "Debido al reevalúo, en algunos casos el aumento puede ser progresivo y gradual", dice Cabrera.

El economista de PKF Chile, Rafael Romero, considera que el aumento no se produce en el mejor momento, ya que algunos aún ni siquiera se han recuperado del impacto económico de la pandemia. Por lo mismo, ofrece algunas recomendaciones para enfrentar el tributo.

"Una propuesta para aliviar el pago de contribuciones es que el cobro se divida en cuotas mensuales, sin intereses, en vez del pago trimestral. Eso ayudaría a reducir la carga cada tres meses y reduce el costo de intereses que se tendría que pagar en caso de contraer una deuda para pagar las contribuciones", dice Romero.

¿Reclamar el alza?

Álvaro Moraga, abogado socio de Moraga & CIA y académico de la UAI, señala que ahora inicia la etapa donde las municipalidades deben exhibir públicamente los nuevos avalúos, por un plazo de 30 días.

"Vencido este plazo, quienes no estén de acuerdo pueden presentar un recurso de reposición administrativa ante el SII dentro de los 30 días siguientes y/o un reclamo ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros dentro de los 180 días siguientes", explica.

"Esto es factible de hacer", afirma Romero sobre la posibilidad de ejercer el derecho a reclamo, pero también recomienda trabajar con especialistas en la materia, ya que estos conocen la metodología del proceso y por ende pueden hacer la verificación correspondiente.

Cabrera advierte que las causales para la reclamación ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros son limitadas, por lo que sugiere revisar en particular este tema con ayuda de los expertos correspondientes.

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