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Caso Chang: empresarios se querellan contra dos bancos

Caso Chang: empresarios se querellan contra dos bancos

Se sostiene que los sistemas de compliance y de prevención de delitos de los bancos De Chile y Santander tuvieron fallas, por lo que solicitó “explorar la construcción de responsabilidad penal” de directivos, gerentes, oficiales de cumplimiento y ejecutivos.

Por: José Troncoso O. | Publicado: Viernes 7 de enero de 2022 a las 17:18
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Una nueva arista se abrió en el Caso Chang, la multimillonaria estafa protagonizada por Alberto Chang, quien pese a las solicitudes de extradición sigue radicado en Malta. Un grupo de 19 afectados por el fraude, que se estima superó los US$ 100 millones, presentaron una querella ante la justicia chilena, y apuntaron a la responsabilidad que habrían tenido los bancos de Chile y Santander.

En la acción judicial se afirma que los sistemas de compliance y de prevención de delitos de las entidades financieras tuvieron fallas, por lo que se solicitó “explorar la construcción de responsabilidad penal” de directivos, gerentes, oficiales de cumplimiento y ejecutivos.

La querella presentada el pasado 2 de enero por el abogado Rodrigo A. Rettig Vargas, fue admitida a trámite por la jueza del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, Carolina Gajardo, el 6 de este mes, y ofició remitir los antecedentes al Ministerio Público.

En la acción judicial, el abogado Rettig representa a empresarios como Rodrigo Collantes Provoste, Dinko Korlaet Skarnic, Andrés Sarria Tapia, Marcela Lorca Peña, Luis Solís Gatica, Juan Valenzuela Jiménez y Óscar González Rodríguez.

La querella parte señalando que Alberto Chang Rajii y parte de su holding (Grupo Arcano S.A., Ónix Capital S.A. y Highlander S.A.) tenían cuentas corrientes en los mencionados bancos.

Se afirma que, entre 2011 y 2016, hubo -en el contexto de movimientos de cuentas bancarias de Ónix Capital S.A. y Grupo Arcano S.A. en Banco Santander y de cuentas de Alberto Chang Rajii, Grupo Arcano S.A. y Highlander S.A. en Banco de Chile- 163 operaciones sospechosas que cumplían el criterio para alertarse, según el artículo 3 de la Ley 19.913, la circular 49 y la Guía de Operaciones Sospechosas de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

Respecto del Banco de Chile fueron reportadas tardíamente entre marzo y abril de 2016, y respecto de Banco Santander no fueron reportadas”, dice la demanda.

En ésta se señala que los dineros que ingresaban a estas “empresas” ligadas a Chang eran traspasados en grandes sumas a las propias cuentas corrientes personales de éste, siendo posteriormente, se insiste, transferidos al extranjero.

“Ninguna de estas instituciones emitió una alerta o señal que advirtieran acerca del riesgo que esto implicaba y a la posibilidad de que las actividades que se hacían a través de Grupo Arcano y Onix Capital no fueran lícitas”, dice la querella.

“Todos los querellantes fueron víctimas de la estafa piramidal de Alberto Chang, la cual se pudo llevar a cabo por la acción u omisión ya sea con dolo directo, eventual o negligencia inexcusable en relación al artículo 27 de la Ley 19.913 de los directivos, ejecutivos, controladores, personas bajo dirección y supervisión de éstos, de los bancos querellados”, añade la demanda, en la cual se sostiene que los crímenes de este tipo prescriben en 10 años.

Consultado por DF MAS, el Banco de Chile no hizo comentarios. Tampoco el abogado Rettig, socio de Montt, Casado & Rettig y que fuera candidato a la constituyente del distrito 12 por la Lista del Apruebo.

Desde el Banco Santander se señaló que “hará valer sus derechos en esta causa penal que carece de todo fundamento, al igual que las demandas civiles ya presentadas por esa misma parte los años 2019 y 2020”.

“Rentabilidades inverosímiles”

Rettig demandó civilmente a los mismos bancos en septiembre de 2019. Solicitó indemnizar a los afectados por el fraude de Chang, de todos los perjuicios que se les hayan ocasionado con motivo de su negligencia en su calidad de posición de garantes, por no haber alertado a la UAF respecto a operaciones sospechosas.

El Banco Santander, representado por el abogado Roberto Navarrete, respondió a esta demanda en marzo de 2020, solicitando su total rechazo.

“Los demandantes, que solo pueden atribuir sus desdichas patrimoniales a quien les defraudó y engañó, amén de su propia codicia e imprudencia al pretender rentabilidades de sus dineros que resultaban inverosímiles, merced a confiárselos a entidades ajenas a todo control o supervigilancia estatal, como lo hicieron al entregarle sus dineros a Chang, siendo crédulos de sus promesas de desmesuradas ganancias, pretenden ahora que terceros del todo ajenos a dichos hechos carguen con las consecuencias patrimoniales que solo pueden poner en cabeza de su defraudador y de sí mismos, en tanto crédulos dañados por su propia imprudencia y codicia, características que desde siempre han acompañado a las víctimas perfectas de los timadores de todas las épocas”, dijo en la contestación.


“Resulta del todo injusto e improcedente que ante la falta de éxito de sus pretensiones resarcitorias dirigidas en contra del único responsable de la defraudación, inventen una presunta responsabilidad civil de mi parte (Banco Santander), pretendiendo de manera injustificada y artificial que sea una entidad solvente como mi representada, que sin tener arte ni parte en tales hechos, deba cargar con las consecuencias de haber sido víctimas de un engaño de manos de Alberto Chang Rajii, a quien los actores buscaron, eligieron, contrataron y le confiaron cuantiosas sumas de dinero”, añadió.


El Banco de Chile ha interpuesto una serie de excepciones para que se suspenda este juicio.

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