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Corte Suprema condena a Banco de Chile por antiguo remate y exdueño recibe millonaria indemnización

Corte Suprema condena a Banco de Chile por antiguo remate y exdueño recibe millonaria indemnización

La batalla judicial que se inició hace dos décadas, terminó el pasado 11 de marzo.

Por: Equipo DF MAS | Publicado: Sábado 30 de marzo de 2024 a las 21:00
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El caso se inició hace más de 20 años, y hace dos semanas cerró un nuevo capítulo.

En 2002, el Banco de Chile inició acciones legales en contra de Los Ángeles S.A. por no pagar dos créditos hipotecarios. Dos años después, tras una serie de trámites procesales, se remataron los inmuebles de esta sociedad. Al año siguiente, Los Ángeles S.A. acudió a la justicia acusando que no se le había notificado correctamente. Este reclamo fue acogido en 2007 y la Corte de Apelaciones confirmó la resolución en 2008.

Ese fue el comienzo de una batalla judicial por dos décadas y que terminó el pasado 11 de marzo, con la resolución de la Corte Suprema: en el documento, de 27 páginas, se acoge un recurso de casación de Los Ángeles S.A. y se estipula que “el banco demandado actuó con culpa” por “haber rematado sin rendir caución”.

En la sentencia -que contó con un voto en contra, del ministro Arturo Prado-, el máximo tribunal condenó al Banco de Chile a pagar a la demandante la suma total de $ 384 millones por daño emergente y $ 150 millones por lucro cesante.

Los Ángeles S.A. fue representada por AVC Partners. Pamela Vásquez, abogada socia de ese estudio, opina que se trata de un caso “emblemático” porque “resalta la importancia del debido proceso y el derecho a la defensa en nuestro sistema legal”.


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Y comenta: “Casualmente, en 2005 nuestro cliente quiso pagar las contribuciones de los inmuebles rematados y se dio cuenta que estos aparecían a nombre del Banco de Chile. Se contactó con nosotros y nos encargó el tema. Estudiamos el juicio ejecutivo y nos dimos cuenta de que estaba mal notificado e interpusimos el incidente de nulidad de todo lo obrado. Este incidente lo ganamos y luego iniciamos la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual por los daños sufridos por nuestro representado debido al actuar negligente del banco”.


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