Opinión
Gabriel Alemparte: "La díada rechazo y apruebo constituirá un nuevo parteaguas en la ex Concertación"
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Rapa Nui en la Constitución
Esta semana, el pleno de la Convención aprobó una norma que se refiere a Rapa Nui. En ella se la reconoce como “territorio especial”, debiendo el Estado de Chile “garantizar el derecho a la libre determinación y autonomía del pueblo nación polinésico Rapa Nui, asegurando los medios para financiar y promover el desarrollo, protección y bienestar en virtud del Acuerdo de Voluntades firmado en 1888, por el cual se incorpora a Chile”.
Si bien es cierto en reforma del año 2007 a la Constitución actual se le reconoce (artículo 126 bis) la calidad de territorio especial, el gobierno y la administración de este territorio se entregó a un estatuto, el cual fue presentado en el primer gobierno de la presidenta Bachelet en 2009 y que no prosperó en el Congreso Nacional. El punto central en dicha reforma reconocía la condición de insularidad oceánica extrema, esto es una variable estrictamente territorial y no étnica (misma condición se dio al archipiélago Juan Fernández).
La norma aprobada constituye una excepción que lleva el límite a algo aún más extremo. Primero reconoce el Acuerdo de Voluntades de 1888, dándole categoría de tratado internacional a un asunto que reconoce una nación diferente a la chilena. En segundo lugar, reconoce la capacidad de autodeterminación del pueblo Rapa Nui y su autonomía.
La pregunta entonces es ¿Cómo se administra la integridad del territorio del Estado; con una Nación que tiene derecho a la autodeterminación, máxime cuando ello implica determinar su forma de gobierno y las estructuras de Justicia necesarias?
La pregunta no se resuelve, y pone el acento en cuál será el grado de autodeterminación e independencia que tenga el pueblo Rapa Nui, y acrecienta las voces de algunos nostálgicos que hace mucho pretenden una supuesta secesión, sin una idea clara de cómo realizarla.
Lo paradójico resulta del hecho de que el Acuerdo de Voluntades de 1888 no tiene un texto unánimemente concordado, pero además el Estado de Chile provee (y en estas nuevas circunstancias debiese seguir proveyendo de desarrollo y protección para la Isla).
Lo anterior llama la atención, pues esta tiene desde la Ley Pascua (Ley 16.441 de 1966) un sistema de tributación que la exime de todo de impuesto, entregando el Estado de Chile la provisión por medio de la empresa pública SASIPA de agua, luz, carga y descarga marítima. Asimismo, se debe asegurar el funcionamiento de servicios públicos.
Contempla también una determinación de penas criminales distintas a las continentales, que no hace mucho llevó a colectivos de mujeres Rapa Nui a declarar inaplicable normas al caso concreto en materia de delitos sexuales y de lesiones ante el Tribunal Constitucional.
Chile pagaría una autodeterminación cuyos contornos no están bien definidos en el nuevo texto. Un antecedente más para el análisis; en la Isla vive un 60% de chilenos continentales y 40% lo constituyen miembros del pueblo Rapa Nui. Lo anterior se suma a la gran cantidad de normas sobre materias de plurinacionalidad aprobadas en el seno de la Convención.
Definiciones en la centroizquierda ante el plebiscito de salida
Hace ya más de cuatro semanas las encuestas muestran un sostenido apoyo a la opción rechazo a la nueva Constitución. Si bien, aún es temprano para posiciones definitivas, comienzan a observarse voces críticas ya no solo en sectores de derecha.
Así, varios miembros de la ex-Concertación, exministros y altos funcionarios se han sumado a las tímidas críticas al proceso que despejó hace algunas semanas el expresidente Lagos. Ximena Rincón, Matías Walker, Felipe Harboe, Carlos Maldonado, Fidel Espinoza, Enrique Krauss, Jaime Campos, Ignacio Walker, Jorge Burgos, Jorge Correa Sutil, entre muchos otros, han señalado la inquietud, junto a más de 300 abogados de distintos sectores, sobre los problemas que hemos apreciado todos a la hora de redacción de las normas, las que incluso han llevado a actos de violencia dentro del hemiciclo como se vio contra el PS hace una semana atrás.
Sin perjuicio de lo anterior, se avizora una división de aguas mientras se comienza asomar la última parte del camino. Otros personeros han dispuesto darle “una oportunidad a la Convención” (como señaló la DC) e incluso firmantes de la reforma a la Constitución en 2005, los exministros Eyzaguirre y Vidal ,quienes estamparon su rúbrica, se declararon desde ya entusiastas partidarios del apruebo sin observar un texto final.
Es claro que la díada rechazo y apruebo constituirá un nuevo parteaguas en la ex-Concertación, mientras algunos de sus miembros han decidido integrar como funcionarios el gobierno del presidente Boric y otros han optado por una independencia colaborativa.
Prescindencia e intervencionismo
La ministra Siches, esta vez sin blindaje, dio una entrevista dominical donde aseguró que el gobierno no sería neutral ante el proceso constituyente. Lo mismo han repetido los ministros Jackson y Vallejo.
En materia estratégica, el Gobierno del Presidente Boric se amarra una vez más al resultado del proceso electoral de septiembre próximo. Su éxito o derrota será la del gobierno, y la salida ante un margen estrecho de cualquier opción (rechazo o apruebo), su deber para que la democracia chilena continúe airosa, conteniendo la crispación que se ha producido en el debate público.
Lo cierto es que las palabras de la ministra Siches lograron esta semana que la Contraloría General –mucho antes de la campaña– afirmara el mismo criterio del proceso de entrada: el Ejecutivo debe abstenerse del mismo, lo que en palabras del contralor Bermúdez se señaló como “prescindencia significa neutralidad”.