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El llamado de atención de la Corte de Apelaciones al fiscal Cooper por demora en caso Sierra Bella

El llamado de atención de la Corte de Apelaciones al fiscal Cooper por demora en caso Sierra Bella

El empresario Felipe Sánchez busca ser sobreseido de la causa donde también se investiga a la ex alcaldesa Irací Hassler.

Por: Equipo DF MAS | Publicado: Viernes 23 de mayo de 2025 a las 09:00
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Felipe Sánchez, el dueño de la Clínica Sierra Bella que le vendió el inmueble a la Municipalidad de Santiago y desencadenó una investigación judicial contra el municipio dirigido por Irací Hassler, además de esquirlas políticas, sigue intentando terminar la causa contra él porque, dice, la Fiscalía no tiene pruebas de supuestos delitos en su contra en los más de dos años de una investigación que no se ha formalizado.

Primero, intentó en el 7º Juzgado de Garantía de Santiago ser sobreseído de la causa, donde señaló que el fiscal Patricio Cooper, quien lidera investigación, no ha logrado acreditar que Sánchez sea culpable de algún delito.

La solicitud fue rechazada en primera instancia, por lo que su representante, el abogado penalista Nelson Salas Stevens, decidió recurrir a la Corte de Apelaciones.  Allí, la Primera Sala rechazó -otra vez- la apelación, el 15 de mayo por dos votos contra uno.

Sin embargo, en el voto de minoría el ministro suplente Fernando Valderrama estuvo por sobreseer a Sánchez y apuntó directo al fiscal Cooper -quien fue removido el viernes de la semana pasada del caso ProCultura por las interceptaciones declaradas “ilegales” al teléfono de Josefina Huneeus-, señalando que “de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes se desprende que las diligencias investigativas que se encuentran pendientes, dicen relación con hechos que eran conocidos por el ente persecutor desde hace casi dos años a la fecha y que el mérito de éstas dice más bien relación con establecer la participación de terceros y no del encartado Sánchez Pérez, sin que se hayan expresado por el ente persecutor argumentos sólidos para justificar la tardanza en la práctica de dicha diligencia, ni la vinculación directa de estas con el recurrente”.

Y agregó que “no cabe sino concluir que en el marco de la extensa investigación desformalizada desarrollada por el Ministerio Público, no existen antecedentes que permitan atribuir una conducta delictiva al encartado (Sánchez), debiendo consecuencialmente decretarse el sobreseimiento”.

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